ANPE Albacete Castilla - La Mancha - page 147

LOMCE. Ley orgánica para la mejora de la calidad educativa
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cación, así como de sus derechos lingüísticos, de acuerdo con las disposiciones
aplicables.
e) Verificar la adecuación de la concesión de las subvenciones y becas a los criterios
generales que establezcan las disposiciones del Estado.
2. En el ejercicio de las funciones de alta inspección, los funcionarios del Estado goza-
rán de la consideración de autoridad pública a todos los efectos, pudiendo recabar
en sus actuaciones la colaboración necesaria de las autoridades del Estado y de las
Comunidades Autónomas para el cumplimiento de las funciones que les están enco-
mendadas.
3. El Gobierno regulará la organización y régimen de personal de la Alta Inspección,
así como su dependencia. Asimismo, el Gobierno, consultadas las Comunidades Autó-
nomas, regulará los procedimientos de actuación de la Alta Inspección.
CAPÍTULO II
Inspección educativa
Artículo 151.
Funciones de la inspección educativa.
Las funciones de la inspección educativa son las siguientes:
a) Supervisar y controlar, desde el punto de vista pedagógico y organizativo, el
funcionamiento de los centros educativos así como los programas que en ellos
inciden.
b) Supervisar la práctica docente, la función directiva y colaborar en su mejora con-
tinua.
c) Participar en la evaluación del sistema educativo y de los elementos que lo in-
tegran.
d) Velar por el cumplimiento, en los centros educativos, de las leyes, reglamentos y
demás disposiciones vigentes que afecten al sistema educativo.
e) Velar por el cumplimiento y aplicación de los principios y valores recogidos en
esta Ley, incluidos los destinados a fomentar la igualdad real entre hombres y
mujeres.
f) Asesorar, orientar e informar a los distintos sectores de la comunidad educativa
en el ejercicio de sus derechos y en el cumplimiento de sus obligaciones.
g) Emitir los informes solicitados por las Administraciones educativas respectivas o
que se deriven del conocimiento de la realidad propio de la inspección educativa,
a través de los cauces reglamentarios.
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